Base legal: Decreto Legislativo N°1669
El presente decreto Legislativo introduce modificaciones significativas en la normativa tributaria, específicamente en la forma de llevar el Registro de Compras y el Registro de Ventas. Este cambio tiene como objetivo mejorar la fiscalización y control de la información tributaria, considerando el uso masivo de comprobantes de pago electrónico y herramientas tecnológicas.
Entre los puntos más importantes tenemos:
- Registro de comprobantes electrónicos: Los comprobantes de pago emitidos de forma electrónica deberán anotarse en el Registro de Compras en el mismo mes de su emisión.
- Plazo para comprobantes físicos: Los comprobantes no electrónicos podrán ser anotados en el Registro de Compras hasta 3 meses después de su emisión.
- Propuesta de SUNAT: Si eres emisor electrónico, SUNAT elaborará una propuesta automática del Registro de Compras y Ventas. Tendrás que confirmar, corregir o recalificar dicha propuesta. Si no lo haces, SUNAT generará los registros por ti.
- Crédito fiscal: Los comprobantes anotados fuera de los plazos establecidos no otorgarán derecho al crédito fiscal.
- Prorrata del crédito fiscal: Para quienes realicen ventas gravadas y no gravadas, si no se puede establecer el destino de las adquisiciones, SUNAT aplicará la prorrata del crédito fiscal.
El cambio sustancial que introduce el Decreto Legislativo 1669 es la eliminación del plazo de 12 meses siguientes a la emisión del comprobante o del pago del impuesto para la anotación de los documentos en el Registro de Compras.
Este cambio busca reducir la informalidad y asegurar que los registros se lleven de manera oportuna, garantizando así la correcta aplicación o uso del crédito fiscal en los periodos correspondientes.
Si quieres saber más sobre esta norma tributaria, nuestro equipo de expertos está a tu disposición para responder cualquier pregunta que puedas tener sobre el impacto en tu negocio. En MCG Consultores, estamos comprometidos con la excelencia y la transparencia.Fecha de publicación Diario oficial el peruano:28 de setiembre de 2024